Tras el fallecimiento de la persona se expide el certificado médico de defunción, que es el documento imprescindible para inscribir la defunción en el Registro Civil dentro de las primeras 24 horas y para obtener la licencia de entierro o incineración.
El certificado de defunción suele solicitarse en el mismo momento de la inscripción de la defunción, aprovechando la visita al Registro Civil.